Coste del procedimiento 430€
 

Incluyendo los honorarios de abogado y procurador. Todo lo que necesita hasta recuperar el inmueble. Le atenderemos personalmente en nuestro despacho.

 

 

Tras presentar la demanda de desahucio el juzgado le dará al inquilino diez días para abandonar el immueble, en caso de que el inquilino no entregue la vivienda en dicho plazo, se pasará a fijar fecha para el lanzamiento, momento en el que la comisión judicial se persona en la vivienda o local para tomar posesión de la misma. 

 

En algunos casos en los que el inquilino se opone a la demanda, nombrando abogado y procurador, por lo general con el fin de ralentizar el procedimiento, será necesario la celebración de juicio.

 

Llámenos y le asesoramos sin compromisos.

Todos los trámites están incluidos en los 430 euros de honorarios.

 

Teléfono 96 380 46 41.

 

 

¿Cómo desahuciar a un inquilino moroso?

 

Desde el pasado 28 de diciembre de 2009 está en vigor la Ley 19/2009, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler, conocida como Ley del Desahucio Expréss, que simplifica y agiliza los trámites para poder recuperar la vivienda en caso que el inquilino no pague. Así, entre otras novedades, con un mes de impago ya se podrá reclamar judicialmente el desahucio o se podrá tener al inquilino por notificado y continuar con los trámites cuando no se le encuentre en el domicilio. También se informará al inquilino en la demanda qué día se producirá el lanzamiento (desalojo) de la vivienda en caso de obtener una sentencia favorable el propietario y no abandonarla voluntariamente.

Para poder desahuciar a un inquilino moroso es necesario presentar una demanda ante el Juzgado, que deberá ir firmada por abogado y procurador. La documentación que es necesario aportar consiste en el título de propiedad de la vivienda o nota simple del Registro de la Propiedad, el contrato de arrendamiento que tenga suscrito con el inquilino y los recibos de IBI, gastos de comunidad y suministros (luz, agua, gas…).

Actualidad

Cláusulas abusivas en los contratos de alquiler

Recientemente, en los informativos de La Sexta, el abogado Robert Barberá de nuestro despacho Barberá Estudi Jurídic, ha intervenido a raíz de la sentencia que declara nulas nueve cláusulas del contrato de alquiler, incluyendo entre dichas cláusulas la penalización del 300 % del precio diario...

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Contrato de alquiler de habitación: El contrato de alquiler de habitación es el contrato de arrendamiento cuya objeto es la cesión por parte del arrendador del disfrute y goce de una habitación de la vivienda al arrendatario a cambio de un precio. Aunque con dicho contrato el objetivo es el...

Desahucio de okupas en 48 horas. Propuesta legislativa.

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Demanda de desahucio de inquilino moroso.

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Cuando se quiere garantizar un derecho preferente de compra sobre un inmueble, siempre que dicho opción de compra sea inscrita en el Registro de la Propiedad, se suele pactar un contrato de opción de compra. De modo que quien opta se reservará la facultad de decidir sobre la perfección de un...

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