¿cómo desahuciar a un inquilino moroso?
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Desde el pasado 28 de diciembre de 2009 está en vigor la Ley 19/2009, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler, conocida como Ley del Desahucio Expréss, que simplifica y agiliza los trámites para poder recuperar la vivienda en caso que el inquilino no pague. Así, entre otras novedades, con un mes de impago ya se podrá reclamar judicialmente el desahucio o se podrá tener al inquilino por notificado y continuar con los trámites cuando no se le encuentre en el domicilio. También se informará al inquilino en la demanda qué día se producirá el lanzamiento (desalojo) de la vivienda en caso de obtener una sentencia favorable el propietario y no abandonarla voluntariamente.
Para poder desahuciar a un inquilino moroso es necesario presentar una demanda ante el Juzgado, que deberá ir firmada por abogado y procurador. La documentación que es necesario aportar consiste en el título de propiedad de la vivienda o nota simple del Registro de la Propiedad, el contrato de arrendamiento que tenga suscrito con el inquilino y los recibos de IBI, gastos de comunidad y suministros (luz, agua, gas…).

Actualidad
Jaque al moroso con el 'desahucio exprés'
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EL CONGRESO APRUEBA LA NUEVA LEY DE FOMENTO DEL ALQUILER QUE MODIFICA LA LAU, LA LEC Y LA LPH
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